jueves, 30 de agosto de 2012

lunes, 20 de agosto de 2012

LA CASA DEL ALFAJOR

WAHIOS

WAHIOS BARRANCO 15 AÑOS

BARRA DE BAR

MEJOR BAR DE SUDAMERICA

Conde Nast Traveler destaca a Tramonto de Noi Vitacura como uno de los bares con Mejor Vista del Mundo. Foto: Gentileza Noi -------------------------------------------------------------------------------- Comentar 4 La destacada revista de viajes Conde Nast Traveler acaba de lanzar su especial de “Bares en altura con las mejores vistas” en el que se destacaron 14 a nivel mundial y donde figura Tramonto de Noi Vitacura, el único de Sudamérica en aparecer en el listado. Tramonto se ha destacado en los medios nacionales no sólo por su espectacular vista sino también por sus espectaculares tragos moleculares y su novedosa carta de tragos sin alcohol en la que queda demostrado que Noi Vitacura sigue a la vanguardia en lo que a bares se refiere. El Gerente de Bares y destacado barman santiaguino, Luis Felipe Cruz, comentó “sabemos que este reconocimiento no se debe sólo a la vista, sino a la experiencia que ofrece Tramonto. Fogones en obra que crean un espectacular ambiente, tragos únicos y un servicio de lujo hacen la diferencia frente a cualquier otro lugar de Santiago. Además nuestra carta ofrece una selección de lo mejor de nuestras propiedades, por lo que finalmente una visita a Tramonto es un recorrido por el país”. Con menos de 2 años operando, Noi Hotels ha sido reconocido por diferentes medios de prensa internacionales como uno de los imperdibles del 2012. The New York Times, The Robb Report, Conde Nast Johansens y Conde Nast Traveler entre otros, se han maravillado no sólo con los hoteles sino también con cada destino elegido. .Noi Hotels cuenta con 5 propiedades en destinos inigualables: Casa Atacama en San Pedro de Atacama, Crusoe Island Lodge en la isla Robinson Crusoe, Noi Vitacura en Santiago de Chile, Puma Lodge localizado en las afueras de Machalí e Índigo en Puerto Natales. Próxima apertura Hare Noi, en Isla de Pascua. Cada uno de los hoteles Noi está emplazado en espectaculares destinos, para vivir lo mejor de Chile y el mundo: desde la efervescencia y sofisticación cosmopolita del exclusivo barrio de Vitacura en Santiago, hasta un lujoso lodge de heliski privado inserto en medio de una reserva ecológica virgen, donde en invierno y verano se puede disfrutar de la más exultante naturaleza y la majestuosidad de los Andes.

LOS 50 MEJORES BARES DEL MUNDO

1. PDT, New York 2 Connaught, Londres 3 Artesian, Londres 4 Death & Co, New York 5 Milk & Honey, Londres 6 American Bar at the Savoy, Londres 7 69 Colebrooke Row, Londres 8 Drink, Boston US 9 Harry's New York Bar, Paris 10 Black Pearl, Melbourne, Australia 11 Pegu Club, NY 12 Dry Martini Bar, Barcelona 13 Eau De Vie, Sydney 14 Bramble, Edinburgo 15 Employees Only, New York 16 La Capilla Bar, Mexico 17 Merchant Hotel, Belfast 18 Nightjar, Londres 19 Smuggler's Cove, San Francisco 20 Buddha Bar, Paris 21 Skyview Bar, Dubai 22 The Varnish, Los Angeles 23 Tippling Club, Singapur 24 Milk &Honey, New York 25 878 Bar, Buenos Aires 26 Der Raum, Melbourne 27 Callooh Callay, Londres 28 Clover Club, New York 29 Door74, Amsterdam 30 Tommy's, San Francisco 31 Floridita, Havana 32 City Space, Moscow 33 Matterhorn, Wellington, NZ 34 High Five Bar, Tokyo 35 Le Lion, Hamburg 36 LAB, Londres 37 Boadas, Barcelona 38 Dutch Kills, New York 39 Worship St Whistling Shop, Londres 40 BarAgricole, San Francisco 41 Papa Doble, Montpellier 42 Quo Vadis, Londres 43 Lounge Bohemia, Londres 44 Mayahuel, New York 45 Mutis, Barcelona 46 Ruby, Copenhague 47 Rules, Londres 48 Hemingway Bar, Paris 49 Zuma, Dubai 50 Star Bar, Tokio

MARCA PERU

Para tener la Marca Perú no basta con ‘bajarse’ el logo de Internet y ponerlo en el diseño del empaque. Existe un reglamento que precisa que el uso puede ser institucional (ejemplo: en la página web y en la publicidad de la empresa), para productos (ejemplo: en los empaques junto a las marcas) y para eventos que impulsen el turismo, las exportaciones, las inversiones o la imagen del país. La licencia de uso se debe solicitar a Promperú, que tendrá en cuenta para la evaluación: 1. Que la persona o empresa actúe dentro del marco de la formalidad; 2. Que tenga buena reputación (cumplimiento del pago de impuestos y de otras dudas comerciales); 3. Que los productos/servicios sean de buena calidad, y 4. Que su uso sea adecuado. SABÍA QUE - Toda la información En la página web www.peruinfo.com encontrará el procedi-miento para solicitar la licencia de uso. - Avalado Para demostrar que el producto o el servicio es de buena calidad, debe tener certificaciones expedidas por instituciones autorizadas de prestigio.

REGLAMENTO PARA EL USO DE LA MARCA PAÍS

REGLAMENTO PARA EL USO DE LA MARCA PAÍS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Del objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones que rigen el uso de la Marca País Perú, de la cual es titular la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. Artículo 2º.- Del ámbito de aplicación El presente Reglamento es de cumplimiento obligatorio para todas las unidades orgánicas de PROMPERÚ y las personas naturales y jurídicas, de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que solicitan y obtienen una licencia de uso de la Marca País Perú. Artículo 3º.- De las definiciones A efectos dela aplicación del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones: a. Persona natural con negocio: Persona domiciliada en el Perú que cuenta con Registro Único de Contribuyente (RUC) y realiza actividades económicas. b. Persona jurídica nacional: Entidad constituida bajo la normativa nacional, domiciliada en el Perú, que cuenta con RUC y realiza actividades económicas con o sin fines de lucro, no siendo relevante la procedencia del capital de constitución y/o inversión. Pueden ser de derecho público o de derecho privado. c. Persona jurídica extranjera: Entidad constituida bajo normativa extranjera, domiciliada en el país de su constitución, que realiza actividades económicas con o sin fines de lucro, contando con la documentación emitida por las autoridades competentes que acreditasu existencia y su actividad económica. d. Marca País: Marca País Perú. e. Licenciante: PROMPERÚ, titular de la Marca País. f. Licencia de Uso: Autorización de uso de la Marca País otorgado por PROMPERÚ. g. Certificado de Licencia de Uso: documento en el que consta la Licencia de Uso de la Marca País. h. Licenciatario: Persona que ha obtenido el Certificado de Licencia de Uso de la Marca País otorgado por PROMPERÚ. i. Portafolio de productos: Conjunto de productos comercializados por una misma persona, bajo una misma marca registrada de la cual es titular o sobre la cual cuenta con licencia de uso. j. Producto peruano: Producto del Licenciatarioen el que por lo menos el 50% de su costo de venta es de procedencia peruana. k. Costo de Venta: Es el valor en que se incurre para producir o comprar un bien que se vende. l. Órgano competente: La Dirección de Promoción de Imagen País (DPIP) de PROMPERÚ. CAPÍTULO II DE LA MARCA PAÍS Artículo 4º.- De la Marca País Perú 4.1 La Marca País es una herramienta de promoción del Perú que tiene como objetivo impulsar los sectores turismo, exportaciones, inversiones y la imagen del país principalmente en los ámbitos de gastronomía, arte y cultura, deporte, educación y desarrollo de valores y autoestima nacional, a nivel nacional e internacional. 4.2 El uso de la Marca País Perú implica un compromiso con el Perú y busca: a. La promoción del Perú y lo peruano. b. La competitividad de las exportaciones peruanas. c. El crecimiento del flujo de turistas hacia el Perú. d. La atracción de inversiones hacia el Perú. e. La mejora de la imagen del país en general. 4.3 La Marca País Perú está constituida por la denominación PERÚ escrito de acuerdo al siguiente diseño característico: 4.4 El logotipo anteriormente descrito es la forma gráfica del nombre, diferenciado por estilo tipográfico y color, y ha sido especialmente dibujado en un solo trazo. 4.5 El logotipo no deberá utilizarse como texto ni debe crearse una tipografía a partir del mismo. Artículo 5º.- De la titularidad de la Marca País 5.1 PROMPERÚ es titular exclusivo de los derechos de la Marca País, de conformidad con la normativa sobre propiedad industrial aplicable, encontrándose inscrita en el Registro de Signos Distintivos del Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. 5.2 PROMPERU puede autorizar el uso de la Marca País a través el otorgamiento de Licencias de Uso o la designación de Embajadores. Artículo 6º.- De los usos prohibidos Se prohíbe el uso de la Marca Paíspara fines o actividades siguientes: a. Políticos, entre los que se encuentran los fines y actividades perseguidos o realizados por personajes y organizaciones políticas, tales como partidos y movimientos políticos, agrupaciones políticas no partidarias, y sus miembros, así como las actividades organizadas con fin político. b. Religiosos, ligados a alguna creencia o credo religioso o espiritual. c. Contrarios a la Constitución Política del Perú y legislación vigente. d. Contrariosa la promoción de la imagen país, que generen posiciones polarizadas, que pudieran dar lugar a consecuencias negativas en la percepción de la imagen del país, ya sea por causar daños a la salud, al medio ambiente, generar conflictos sociales u otros. CAPITULO III DE LAS LICENCIAS DE USO SUB CAPÍTULO I DE LAS CARACTERÍSTICAS Y LOS TIPOS DE LICENCIAS Artículo 7º- De las características de la Licencia de Uso 7.1 La Licencia deUso de la Marca País otorgada por PROMPERÚ es intransferible y no tiene carácter exclusivo, puede ser del ámbito nacional o internacional, y está destinada a la promoción del turismo, de las exportaciones e inversiones yde la imagen país, en el marco de la política de Estado. 7.2 La Licencia podrá otorgarse hasta por el plazo de dosaños, pudiendo ser renovada. Artículo 8º.- De los tipos de Licencias de Uso Los tipos de Licencias de Uso de la Marca País, son los siguientes: 8.1 Uso Institucional: Es el uso de la Marca País a nivel organizacional por personas naturales con negocio, personas jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que realizan actividades económicas;uso que realizan a través de sus comunicaciones institucionales, tales como página web, papelería en general, material promocional de distribución gratuita, publicidad referida a la trayectoria de la institución o a la prestación de sus servicios (no en productos), entre otros. El Uso Institucional no incluye el uso en firmas de correos electrónicos, tarjetas de presentación y fotochecks, salvo que se cuente con autorización expresa y escrita de PROMPERÚ. 8.2 Uso en Productos: Es el uso de la Marca País acompañando a marcas registradas que distinguen productos peruanos,efectuado por personas naturales con negocio o personas jurídicas nacionales o extranjeras, que realizan actividades económicas;uso que se efectúa a través de etiquetas, envases, envoltorios y publicidad referida al producto, entre otros. Cuando la marca del solicitante identifica a un portafolio de productos peruanos e importados; para autorizar el uso de la Marca País, es necesario que el 80% del portafolio, tanto en unidades vendidas como en valor de venta, esté compuesto de productos peruanos. PROMPERÚ podrá autorizar también el Uso en Productos, en los siguientes casos: a. Productos peruanos de marca blanca, cuando son productos peruanos de exportación. b. Productos que involucran derechos de autor, cuando el solicitante cuente con la documentación que acredite su titularidad sobre tales derechos o su derecho a usufructuar de los mismos, según el caso. 8.3 Uso en Eventos: Es el uso en eventos nacionales o extranjeros organizados por personas naturales con negocio o personas jurídicas nacionales o extranjeras que promocionan el turismo, las exportaciones, las inversiones o la imagen del país. SUB CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO Artículo 9º.- De las etapas delprocedimiento El procedimiento para la obtención de la Licencia de Uso de la Marca País comprende las siguientes etapas: a. Presentación de la solicitud de Licencia de Uso. b. Evaluación. c. Pronunciamiento. d. Reevaluación. Artículo 10º.- Dela presentación de la solicitud 10.1 La solicitud de Licencia de Uso será presentada por personas naturales con negocio, personas jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades económicas con o sin fines de lucro. 10.2 La solicitud de Licencia de Uso será presentada a PROMPERÚ de acuerdo a los términos del Anexo Nº 01 que integra el presente Reglamento, a través de la página www.peru.info. Además, se presentará por la misma vía la siguiente información, en cuanto resulte aplicable: a. Copia de la Ficha del RUC del solicitante, o su equivalente en caso de persona jurídica extranjera. b. Copia de la Vigencia de Poder, con antigüedad no mayor de cuatro (04) meses, otorgada por la oficina registral respectiva, en caso de persona jurídica nacional; o su equivalente en caso de persona jurídica extranjera. c. Copia del Documento Nacional de Identidad del titular del RUC y/o del representante legal de la persona jurídica. d. Copia de la Licencia de Funcionamiento del negocio. e. Certificado de registro de la marca que distingue los servicios y/o los productos que brinda el solicitante,emitido por la autoridad competente. f. Copia del Registro Sanitario otorgado por la autoridad competente, en el caso que corresponda. g. Copia de la autorización de uso de laDenominación de Origen, en el caso que corresponda. h. Dependiendo del uso solicitado se adjuntarán copias de los documentos que certifiquen la trayectoria del solicitante, la calidad de los servicios y/o productos que ofrece, la calidad del evento, tales como: comunicaciones de clientes, de instituciones públicas y gremios a los que pudieran pertenecer, premios, certificaciones, acreditaciones, reconocimientos o cualquier otro documento que sirva como referencia para la evaluación de la solicitud presentada. i. En caso de persona jurídica extranjera, se adjuntará copia de la carta de referencia emitida por el Consulado Peruano del país en el cual el solicitante desarrolla actividades. j. Declaración Jurada de autoría de obras, en caso de uso vinculado a derechos de autor. k. Declaración Jurada firmada por el representante legal de acuerdo a los términos del Anexo Nº 02 que forma parte del presente Reglamento. Artículo 11º.- De la subsanación de la solicitud 11.1 El órgano competenterevisará la solicitud presentada a fin de verificar el cumplimiento del artículo precedente; la omisión o el incumplimiento respecto de la información remitida será notificado al solicitante para que lo subsane en el pazo de diez (10) días hábiles. 11.2 En el caso que el solicitante no cumpla con subsanar las omisiones o incumplimiento que le hayan sido notificados dentro del plazo señalado, se procederá al archivo de la solicitud. 11.3 Producido el archivo mencionado, el solicitante para reiniciar el trámite debe presentar nueva solicitud de Licencia de Uso. Artículo 12º.-De la evaluación delasolicitud 12.1 La evaluación delasolicitud estará a cargo del órgano competente. 12.2 La Dirección de Promoción del Turismo y la Dirección dede Promoción de las Exportaciones de PROMPERÚ, prestarán el apoyo que pueda requerir el órgano competente a efectos de llevar a cabo la evaluación de la solicitud. 12.3 Igualmente, el órgano competente podrá solicitar la colaboración de otras entidades y profesionales especializados cuando lo considere pertinente. Artículo 13º.- De los criterios de evaluación 13.1 Son criterios de evaluación dela solicitud de Licencia de Usode la Marca País, los siguientes: a. Formalidad: La actividad del solicitante deberá desarrollarse conforme a la normativa peruana; en este sentido, el solicitante de contar con la documentación, permisos, licencias y/o autorizaciones que acrediten el cumplimiento de las normas y reglamentaciones vinculadas a su actividad, entre ellas las normas laborales, sanitarias, ambientales, entre otras. b. Reputación: El solicitante debe contar con buena reputación, a cuyo efecto se evaluará lo siguiente: i. Cumplimiento de obligaciones tributarias. ii. Cumplimiento de obligaciones comerciales. iii. Buena imagen,tanto de la entidad como de sus productos y servicios. c. Calidady origen delos productosy servicios: Se verificará la buena calidad de los productos y servicios vinculados a la solicitud de uso de la Marca País, ya sea a través de certificados expedidos por entidades autorizadas de prestigio, comunicaciones de clientes, instituciones públicas, gremios a los que pudiera pertenecer el solicitante; premios, certificaciones, acreditaciones, reconocimientos obtenidos o cualquier otro documento que aporte a la realización de la evaluación. d. Uso alineado con la Marca País: La solicitud de Licencia de Uso debe estar alineada con los objetivos de la Marca País, de promover el turismo, las exportaciones, las inversiones y la imagen del país, principalmente en los ámbitos de gastronomía, cultura, educación, el arte, deporte, desarrollo de valores y la autoestima nacional. 13.2 PROMPERÚ podrá evaluar, además, cualquier otro aspecto que resulte relevante para el otorgamiento de la Licencia de Uso de la Marca País. Artículo 14º.- Del pronunciamiento 14.1 Culminado el proceso de evaluación de la solicitud, el órgano competente emitirá su pronunciamiento. 14.2 Si el pronunciamiento es favorabley no median observaciones, el órgano competente extenderá el Certificado en el que consta la Licencia de Uso de la Marca País Perú a favor del solicitante. 14.3 Si el procedimiento es desfavorable, la denegatoria de la Licencia de Uso de la Marca País, será notificada mediante carta notificada al solicitante 14.4 Tanto el Certificado como la carta denegatoria será entregada al solicitante en la sede institucional de PROMPERÚ. La carta denegatoria alternativamente será notificada mediante correo electrónico en el caso que el solicitante lo hubiera señalado. Artículo 15º.- De la reevaluación El solicitante podrá pedir al órgano competente la reevaluación del pronunciamiento denegatorio por una sola vez. Artículo 16º.- De la finalización del procedimiento 16.1 El procedimiento para el otorgamiento de la Licencia de Uso de la Marca País, desde la presentación de la solicitud cumpliendo lo señalado en el artículo 10° del presente Reglamento, hasta la expedición de la Licencia solicitada, tendrá una duración de no mayor de veinticinco (25) días calendario, salvo el caso siguiente. 16.2 En caso de solicitudes de uso que requieran mayor tiempo de evaluación por la complejidad de la información presentada, el órgano competente podrá, previa notificación al solicitante, extender el plazo de evaluación. 16.3 Emitido el pronunciamiento, el proceso culmina. SUB CAPÍTULO III DE LA RENOVACIÓN DE LICENCIAS Artículo 17º.-Del plazo de la solicitud de renovación 17.1 La Licencia de Uso de la Marca País puede ser renovada a solicitud de parte interesada. 17.2 La renovación debe ser solicitada dentro de los treinta (30) días calendarios previos al vencimiento de la Licencia de Uso. Artículo 18º.- De los requisitos de la solicitud de renovación 18.1 Si la renovación de la Licencia de Uso no implica cambio de giro, ámbito, línea de productos o servicios, el solicitante únicamente debe actualizar la información que resulta del Anexo 01 del presente Reglamento, así como la documentación señalada en el Artículo 10º, en cuanto corresponda. 18.2 En caso contrario, debe cumplir con lo señalado en el citado artículo. Artículo 19º.- Del otorgamiento de la renovación 19.1 La renovación será otorgada en el plazo máximo de treinta días hábiles de presentada la solicitud, previa evaluación del órgano competente. 19.2 El otorgamiento de la renovación será realizado en forma expresa y por escrito, no existiendo renovación automática. 19.3 Es aplicable al procedimiento de renovación las disposiciones que rigen el otorgamiento de la Licencia de Uso de la Marca País, en cuanto corresponda. SUB CAPÍTULO IV DE LACONCLUSIÓN, SUSPENSIÓN Y REVOCATORIA DE LA LICENCIA Artículo 20º.- De la conclusión 20.1 La licencia concluirá al término del plazo de vigencia por el cual fue otorgada, el mismo que figura en el Certificado de Licencia de Uso. 20.2 La Licencia podrá concluir anticipadamente, en caso de revocatoria. Artículo 21º.- De la suspensión 21.1 El órgano competente suspenderá la Licencia de Uso en los siguientes casos: a. Cuando PROMPERÚ reciba queja o denunciasobre el mal uso de la Marca País. b. Cuando el Licenciatario no cumpla con entregaren su oportunidad, las aplicaciones de la Marca País para su aprobación. c. Cuando a solicitud de PROMPERÚ, el Licenciatario no mejore las aplicaciones de la Marca País, en el plazo que se le hubiere otorgado para tal efecto. d. Cuando no se decumplimiento a las condiciones que sustentaron el otorgamiento de la Licencia de Uso. e. Cuando se verifique que el Licenciatario tiene obligaciones tributarias y/o protestos vencidos que representen más del 20% de su endeudamiento total en el sistema financiero o protestos vencidos sin importar el monto por más de un año. f. Cuando el Licenciatario no cumpla con utilizar la Licencia de Uso únicamente en el producto o productos respectos de los cuales fuera autorizado. 21.2 En los casos citados en el numeral precedente, PROMPERÚ otorgará al Licenciatario, un plazo no mayor de diez (10) días hábiles para que cumpla con subsanar las observaciones que se le formulen; de no cumplir con dicha subsanación, se procederá a la revocación de la Licencia de Uso de la Marca País otorgada. Artículo 22º.- De la revocación 22.1 La Licencia de Uso de la Marca País, concluirá anticipadamente en caso que el órgano competente, previa evaluación, resuelva su revocación. 22.2 La revocación se producirá en los siguientes casos: a. Incumplimiento de cualquiera de las normas establecidas en el presente Reglamento. b. Verificación de falsedad en la documentación o información presentada por el Licenciatario. c. Falta de subsanación de las observaciones que han dado lugar a la suspensión de la Licencia de Uso, en el plazo otorgado para tal fin. 22.3 Producida una o más causales de revocación, el órgano competente comunicará al solicitante las observaciones correspondientes a fin de que presente sus descargos, otorgándole a tal efecto un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles. 22.4 Vencido dicho plazo, el órgano competente procederá a efectuar la evaluación que corresponde y emitirá su pronunciamiento; el cual de ser desfavorable, producirá la revocación de la Licencia de Uso de la Marca País. 22.5 El pronunciamiento del órgano competente no es impugnable. 22.6 En caso de revocación de la Licencia de Uso, el Licenciatario no podrá solicitar a PROMPERÚ nueva Licencia de Uso, del mismo o distinto tipo de la que fue materia de revocación, sino hasta después de vencido el plazo de un año computado desde la notificación correspondiente. 22.7 En el caso que se verifique que el Licenciatario ha trasgredido el principio de veracidad, mediante la presentación de documentación o información falsa y similares, el Licenciatario, previa evaluación del órgano competente, puede ser inhabilitado para solicitar el uso de nueva Licencia de Uso, hasta por el plazo de cinco años, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y penales que pudiera iniciar PROMPERÚ, por daños y perjuicios. Artículo 23º.-De las consecuencias de revocación Cuando se produce la revocación de la Licencia de Uso, el Licenciante queda obligado a: a. Cesar en el uso de la Marca País Perú. b. Retirar del mercado los productos que son motivo de la infracción; c. Destruir el material relacionado con la Marca País que hubiera venido utilizando d. Devolver a PROMPERÚ los diseños, aplicaciones o cualquier otro material relacionado con la Marca País Perú entregado por PROMPERÚ y que obren en su poder. SUB CAPÍTULO V DE LOS DERECHOS Y COMPROMISOS DEL LICENCIATARIO Artículo 24º.- De los derechos del Licenciatario 24.1 El Licenciatario adquiere el derecho de utilizar el logo de la Marca País Perú en las características y dentro del plazo establecidos en el Certificado de Licencia de Uso. 24.2 Podrá participar, previa coordinación, en las actividades que PROMPERÚ realice dirigidas a los Licenciatarios. 24.3 PROMPERÚ brindará al licenciatario el soporte complementario para la correcta aplicación del logo de la Marca País Perú. Artículo 25º.-De los compromisos del Licenciatario Los compromisos que asume el licenciatario son los siguientes: a. Utilizar la Marca País Perú para el cumplimiento de los fines para los cuales ha sido creada, es decir, de promoción del turismo, las exportaciones, las inversiones y la imagen del país. b. Mantener una conducta adecuada que contribuya al cumplimiento de los fines y objetivos de promoción de la Marca País Perú. c. Utilizar la Marca País Perú en las condiciones que establezca PROMPERÚ, quedando prohibida expresamente la alteración o modificación de los elementos que la componen. d. No desarrollar cualquier marca, logotipo, diseño, signo u obra que incorpore total o parcialmente la Marca País Perú; o cualquier signo que se asemeje o induzca a confusión con el mismo, asumiendo el compromiso de no proceder a su registro ni en Perú, ni en ningún otro país. e. Presentar a requerimiento de PROMPERÚ, la información y/o cualquier otro tipo de documentación referida a la Marca País Perú, su utilización y/o aplicación. f. Colaborar conPROMPERÚ en el cumplimiento de los fines de la Marca País Perú. CAPITULO IV SUPERVISIÓN Artículo 26º.- De la supervisión PROMPERÚ supervisará el correcto uso de la Marca País Perú, para lo cual podrá: a. Observar la correcta aplicación de la Marca País Perú. b. Verificar el cumplimiento de las condiciones por las cuales se otorgó la autorización de uso. c. Requerir información a fin de verificar el correcto uso de la Marca País Perú. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.-PROMPERÚ llevará un control sistematizado del registro de las Licencias otorgadas, indicando el plazo y objeto de la misma y demás información que PROMPERÚ considere conveniente. Asimismo, publicará, a través de su página web, la base de datos de Licenciatarios indicando sus datos básicos de contacto. SEGUNDA.-PROMPERÚ por el periodo de introducción de la Marca País Perú, otorgará las Licencias de Uso de la Marca País de manera gratuita. PROMPERÚ evaluará el término de dicho periodo. TERCERA.-PROMPERÚ podrá suscribir convenios de colaboración interinstitucional con organismos públicos, gremios miembros de su directorio u otros aliados ligados directamente con la promoción del turismo, las exportaciones, las inversiones del país, contando con el sustento técnico correspondiente, con el fin de reforzar la promoción de la Marca País Perú. CUARTA.-Por la naturaleza del derecho de objeto de Licencia de Uso el presente procedimiento no está sujeto al silencio administrativo positivo normado en la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060; asimismo, el pronunciamiento emitido por el órgano competente no podrá ser materia de revisión en la vía administrativa o judicial. DISPOSICIONCOMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA.-Las Licencias de Uso otorgadas a la fecha por PROMPERÚ, quedan extendidas hasta el 31 de enero de 2012, en que concluye su vigencia, pudiendo ser renovadas a solicitud del Licenciatario sujetándose a las normas del presente Reglamento.

MARCA PERU

200 empresas están autorizadas para mostrar el distintivo de calidad nacional La Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú) dio a conocer ayer las marcas que pueden utilizar la Marca Perú, la cual tiene como finalidad promover las exportaciones, inversiones y el turismo. Desde el último lanzamiento en marzo, Promperú ha recibido cerca de 300 solicitudes, de las cuales 200 compañías han sido recibido la autorización y 100 quedan pendientes, informó la directora de Imagen País de Promperú, Isabella Falco. “Los rubros que han mostrado un mayor interés por colocar la Marca Perú en sus productos son agroindustrial, textil y turismo (agencias de viaje, aerolíneas, hoteles)”, sostuvo Falco. Entre las empresas autorizadas se encuentran: Agroindustrias del Sur, Cementos Lima, Agroindustrias Integradas, Agroindustrias Santa María, Sazón Lopesa, Café Britt, Filtros Lys, Baterías Etna, Frenosa, Gloria, Ajeper, Altomayo, Induquímica, Austral y Productos Unión. Descargue la lista completa (43.5 KB) de compañías autorizadas.